Coronel Camacho: "En Cataluña ni hay Estado de Derecho, ni existe
control sobre el orden público". Imprescindible aplicar el artículo
116 (declaración de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio) OPINIÓN PUBLICADO EL MIÉRCOLES, 12 DICIEMBRE 2018 10:28 ESCRITO POR DIEGO
CAMACHO
https://latribunadeespana.com/opinion/coronel-camacho-en-cataluna-ni-hay-estado-de-derecho-ni-existe-control-sobre-el-orden-publico#disqus_thread
Diego Camacho, coronel retirado, licenciado en ciencias políticas,
fecundo conferenciante, escritor y ex agente del CESID es uno de los columnistas de lujo de los que puede presumir la Sección de Opinión
de La Tribuna de España. En una situación límite -como la que vive
nuestra nación- y con una "prensa del sistema" que silencia la
realidad y adoctrina a los ciudadanos en el "pensamiento único",
resultan imprescindibles opinones disidentes de personalidades de
sobrada acreditación profesional y demostrado patriotismo. Por eso,
el artículo de hoy de Diego Camacho tiene un interés excepcional para
esa "selecta minoría" que no se cree las mentiras de los telediarios
y que busca una información distinta y distante de la que ofrece este putrefacto Régimen del 78, que nos va a llevar a la desaparción de
España como la patria que ha sido durante siglos. El cornoel Diego
Camacho afirma que "el artículo 116 permite la declaración de los
estados de alarma, excepción y sitio. El Gobierno dispone de 15 días mediante un decreto acordado en Consejo de Ministros, en el caso de
estado de alarma, tiempo más que suficiente para poner en marcha la aprobación del artículo 155 y las medidas necesarias para obligar a
la Comunidad Autónoma a cumplir la ley. Si la situación se agravara
el estado de excepción o el estado de sitio, son más recomendables
que propiciar el enfrentamiento civil".
¿Rebelión a la eslovena?
La política de apaciguamiento, ideada por Sánchez, para Cataluña ha resultado ser un fracaso y una sorpresa para el Gobierno. El
voluntarismo gubernamental se basaba en dar una serie de concesiones
para que los secesionistas entraran otra vez en razón y pudiera restablecerse la ley. No tuvieron en cuenta los factores
determinantes de la rebelión, que eran sobre los que debieron actuar
para restablecer la legalidad.
El último estatuto, la corrupción sistémica, la inmersión
lingüística, el adoctrinamiento escolar, la intimidación social en
sus variadas formas, la exclusión de lo español y la comunicación
dirigida y sectaria son los factores determinantes a los que me
refería más arriba. Al no actuar sobre ellos, el independentismo
catalán se ha reforzado, no solo por su fuerza, sino también por la debilidad mostrada desde Moncloa al no defender sin fisuras el Estado
de Derecho y en su lugar practicar un posibilismo complaciente cuando
se tensaba la cuerda.
El poco honorable Torra, ha hecho caer de su guindo voluntarista a
Sánchez al recomendar la vía eslovena para la independencia. No ha
sido resultado de una reflexión gubernamental. Los secesionistas han
vuelto a dejar patente que la iniciativa política sigue siendo de
ellos. El Gobierno ha sufrido una oscilación; de la debilidad
anterior ha pasado al pánico, pues ahora no sabe que camino tomar y
si lo sabe no lo demuestra.
En este escenario de rebelión abierta, mi posición contraria se
fundamenta en la preservación de la soberanía del pueblo español, en
la unidad de la nación y en la defensa de nuestro modo de vida: el
Estado social y democrático de Derecho. Una vez fracasados los
intentos de arreglo, negociación y paños calientes variados, los españoles, puestos en esta disyuntiva, debemos aceptar el desafío,
unir nuestras banderas, recuperar la patria para nuestros hijos y el
orgullo de pertenecer a una de las culturas más importantes del mundo
por sus aportaciones a la humanidad.
La Constitución nos permite, dentro de la ley, enfrentar el problema
ilegal suscitado por el nazismo catalán. Que ha utilizado sobre todo
el terrorismo sicológico, aunque no descarta llegar pronto al
enfrentamiento civil.
En efecto, el artículo 116 permite la declaración de los estados de
alarma, excepción y sitio. El Gobierno dispone de 15 días mediante
un decreto acordado en Consejo de Ministros, en el caso de estado de
alarma, tiempo más que suficiente para poner en marcha la aprobación
del artículo 155 y las medidas necesarias para obligar a la
Comunidad Autónoma a cumplir la ley. Si la situación se agravara el
estado de excepción o el estado de sitio, son más recomendables que propiciar el enfrentamiento civil.
Recuperar la iniciativa política, es en la actualidad la prioridad
del Gobierno. No hacerlo supone facilitar la radicalización y que la rebelión vaya ganando etapas. Hablar ahora de negociar como defiende
Podemos es vivir en la irrealidad, facilitar a los separatistas la
iniciativa o ambas cosas. Esta recuperación pasa porque el Estado
gestione las instituciones que se han situado fuera del interés
general.
En Cataluña ni hay Estado de Derecho ni existe control sobre el
orden público, responsabilidades básicas y que Sánchez debería tener
como prioridad y no esos viajes inútiles, como el último a Marrakech
para hablar de Derechos Humanos en un país donde brillan por su
ausencia.
El último resorte constitucional para hacer frente al desafío lo proporciona el artículo 8º de la CE, las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender
su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
El artículo 8º se encuentra en el Título Preliminar de la
Constitución, encuadrado en su parte dogmática que es la que contiene
los grandes principios que han de inspirar el desarrollo y la vida de
la sociedad y el Estado. El tener un artículo diferenciado es lógico,
al ser las Fuerzas Armadas un pilar de la identidad nacional y
recordar el papel que desempeñan los Ejércitos en un país democrático como en Europa occidental, Estados Unidos o Japón.
La integridad territorial, puede ser amenazada en casos
excepcionales desde dentro del propio país. Los constituyentes
pensaron este artículo para encarar fenómenos separatistas o
secesionistas (como decía Mújica “…o si en algún momento a un
gobierno se le cruzan los cables y es incapaz de defender la nación).
Como decía el general Quintana “…un respeto absoluto a la
Constitución, que exige de las Fuerzas Armadas una actitud firmemente apartidista, no apolítica. De esta forma podrán defender a España, su Constitución y sus leyes…la paz es un bien que debe buscarse, pero no
a toda costa. La paz a cualquier precio puede llegar a ser inmoral”.
Los tres aspectos de su misión, es lo encomendado por la soberanía
nacional a las Fuerzas Armadas. Por ello el mencionado artículo se
encuentra en la parte dogmática y no en la orgánica como se
encuentran citados los demás órganos del Gobierno.
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