• Sin denuncia ni sentencia

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    Ya se considera victima




    violencia sexual
    Podemos propone un delito específico de agresión sexual en grupo para
    casos como el de La Manada
    El Gobierno revisará la propuesta de ley de la formación de Iglesias,
    que une en un único delito abuso y agresión sexual y prevé penas por
    acoso callejero
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    Pilar Álvarez

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    Madrid 11 JUL 2018 - 19:57 CEST
    Manifestación en Madrid ante el Ministerio de Justicia el 23 de junio en protesta por la puesta en libertad provisional de La Manada. Juan Carlos Hidalgo (EFE) | VÍDEO: ATLAS

    El acoso callejero como delito, aunar abuso y agresión sexual y permitir
    que la víctima de una violación reciba atención y ayudas presentando un certificado médico, aunque no haya denuncia o sentencia. Unidos Podemos
    ha registrado este miércoles en el Congreso su propuesta de Ley de
    protección integral de la libertad sexual y para la erradicación de las violencias sexuales, de 72 páginas. La iniciativa, que el Gobierno se
    muestra dispuesto a revisar, regula como delito específico las
    agresiones sexuales en grupo para casos como los de La Manada, cuyas
    penas oscilarían entre los cinco de mínima hasta los 13 años de cárcel.
    La condena en primera instancia al grupo que actuó en San Fermín en 2016
    es de nueve años por abuso sexual con prevalimiento.

    “Un porcentaje elevado de los casos que llegan a los juzgados son
    agresiones en grupo”, explica Patricia Faraldo, catedrática de Derecho
    Penal del la Universidad de la Coruña y una de las especialistas que ha participado en la elaboración de esta propuesta en la que el grupo
    confederal trabaja desde enero.

    En el Código Penal actual “existe un agravante de agresión en grupo solo para casos de agresión, no para abusos, y eso está dando lugar a jurisprudencia contradictoria y a un tratamiento con bastante dispersión
    entre tribunales”, añade Faraldo, que recuerda que la polémica abierta
    tras la sentencia de La Manada no se debe tanto a los años de castigo
    como a que los jueces no consideraran que hubo violencia y, por tanto,
    no quedara tipificado como agresión sexual. “No es una cuestión
    punitiva, se trata de mejorar cómo está regulado y eliminar además el requisito de la resistencia, para que no se juzgue el comportamiento de
    las víctimas”, explica la catedrática.

    Para evitar esa diferenciación, la propuesta de normativa prevé unificar
    en un solo delito la agresión y el abuso para “todas aquellas conductas
    que atenten contra la libertad sexual sin el consentimiento de otra
    persona” aunque no medie violencia.

    La presentación de esta iniciativa llega un día después de que la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, reavivara el debate sobre los delitos sexuales proponiendo una reforma del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal que incluya un consentimiento explícito de las víctimas: “Si una mujer no dice sí expresamente, todo lo demás es no”, dijo Calvo en su primera comparecencia en el Congreso como ministra de Igualdad.

    La propuesta no incluye, no obstante, una definición expresa del consentimiento como si aborda, por ejemplo, la nueva legislación sueca a
    la que Calvo hizo referencia en el Congreso: “A la hora de evaluar la voluntariedad, se tendrá cuenta si esta se expresó con palabras, hechos
    o de alguna otra manera”, señala la nueva ley de Suecia. Las autoras de
    la propuesta registrada entienden que es más amplia que el sí expreso.
    "Si se desnuda, participa activamente, disfruta, obviamente hubo consentimiento; si llora, está quieta como una muñeca hinchable, sin disfrutar, es que no lo hubo", señala Faraldo.

    El Gobierno se ha comprometido a revisar esta propuesta, tal como
    anunció la propia vicepresidenta en su comparecencia del martes. La
    secretaria de Estado de Igualdad, Soledad Murillo, ha acudido este
    miércoles a la presentación de la propuesta de ley en Madrid.

    La iniciativa, que inicia ahora su tramitación parlamentaria, plantea
    que no es necesario que exista una denuncia para que las víctimas de
    violencia sexual tengan acceso a ayudas. Bastaría con un certificado
    médico o un informe de servicios sociales que la acrediten como tal.

    Respecto al acoso callejero, lo recoge como delito leve con multa de
    tres a nueve meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 50
    días las "proposiciones, comportamientos o presiones de carácter sexual
    o sexista" que, sin constituir un trato "degradante" ni un atentado
    contra la libertad sexual, creen "una situación intimidatoria".
    Una atención integral

    También incluye un catálogo de medidas de atención integral. Prevé
    Juzgados de lo Penal y salas de la Audiencia Provincial especializadas
    en violencias sexuales y que los juzgados incluyan salas específicas habilitadas para “evitar el contacto visual” de víctima y agresor, así como la opción de que la declaración sea grabada para que no tenga que reiterarla ni se revictimice.

    Incide también en la prevención, con programas de detección y sensibilización en el personal sanitario o que el Ministerio de Defensa incluya en sus planes de formación y adiestramiento de sus miembros
    “medidas de prevención y sensibilización de las violencias sexuales”

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